Contabilidad electrónica 2019: Personas Morales obligados al envió de los XML al SAT

SAT

La Contabilidad Electrónica se creo para que el SAT pudiera indagar si la determinación de los impuestos, declaración anual e incluso si los registros contables están correctamente elaborados. Desde que se creo la obligación del envió de los XML con la información del Catálogo de Cuentas, Balanza de Comprobación y Pólizas, también se han dado facilidades para que algunos contribuyentes no envíen la Contabilidad Electrónica.

Ahóra expondremos el caso de las Personas Morales:

Personas Morales y la Contabilidad Electrónica

Están obligadas todas las Personas morales, incluidas las personas morales con fi­nes no lucrativos.

PM No obligadas

  • La Federación, entidades federativas, municipios, sindicatos obreros, entidades de la administración pública paraestatal, no están obligados a llevar contabilidad electrónica, excepto cuando realicen actividades empresariales.
  • Las sociedades, asociaciones civiles y ­fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles (donatarias autorizadas) que hayan percibido ingresos en una cantidad igual o menor a dos millones de pesos y las asociaciones religiosas siempre y cuando registren sus operaciones en Mis cuentas.
  • Personas Morales que tributan en la “opción de acumulación de ingresos por personas morales” y utilicen la opción de “Mi Contabilidad” del SAT, siempre y cuando sus ingresos no sean superiores a 5 millones de pesos.

Para un nuevo contribuyente es complicado saber cuales son sus obligaciones una vez esta dado de alta en el SAT, en muchas ocasiones podrían no estar aprovechando de los beneficios del SAT, por esto, le reiteramos nuestro apoyo para cumplir con su misión y la de su empresa.

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