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La segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020 prevé los días de vacaciones e inhábiles para el SAT de diciembre y enero.
El 9 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020, segunda versión anticipada.
Días de vacaciones e inhábiles para el SAT
El documento tiene dos páginas y prevé la reforma a una regla para establecer los días de vacaciones e inhábiles para el SAT, de diciembre de 2020 y enero de 2021. La regla a reformar de la RMF para 2020 establecería lo siguiente:
2.1.6. Días inhábiles
1. Son periodos generales de vacaciones para el SAT:
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Los días 17, 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020.
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El 4 y 5 de enero de 2021.
2. Son días inhábiles para el SAT:
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Los días 24 y 31 de diciembre de 2020.
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El 6 de enero de 2021.
El documento indica que la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Puedes ver la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020 segunda versión anticipada aquí / Fecha de publicación: 9 de diciembre de 2020.